He pinchado en el enlace y me deja entrar bien. Prueba otra vez a ver si funciona y me dices.
He pinchado en el enlace y me deja entrar bien. Prueba otra vez a ver si funciona y me dices.
Verhoven wrote:He pinchado en el enlace y me deja entrar bien. Prueba otra vez a ver si funciona y me dices.
Bufff, menos mal, he llegado a pensar que era el único que no daba con las especificaciones de certificación y/o uso ![]()
Buenos días:
Navegando me he encontrado esto. Creo que aclara todo y nada.
https://www.femeval.es/Asociaciones/ALC ... 8a2ea4a4a6
Un Saludo,
Parece coincidir con el resto en que a falta de una normativa ... "La aplicación de la Ley 11 2021 no será efectiva en lo que a los artículos que nos afectan al Software se refiere, hasta que apruebe el Reglamento que la desarrolle."
Habrá que tratar de averiguar ese reglamento en qué punto está.
Buenas tardes,
Revisando el BOE, veo que la norma es clara que los programa tienen que tener:
"Con el objetivo de no permitir la producción y tenencia de programas y sistemas informáticos que permitan la manipulación de los datos contables y de gestión, se establece la obligación de que los sistemas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables o de gestión empresarial se ajusten a ciertos requisitos que garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros"
Después especifica que puede ser certificado, pero como una opción más.
"requisitos cuya especificación técnica puede ser objeto de desarrollo reglamentario, incluyendo en este la posibilidad de someterlo a certificación."
Después de esto, necesito ayuda para aplicar en mi programa.
Como tenéis hecho el integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, esto quiere decir, que no se pueden hacer modificaciones, anulaciones, ....
El tema de trazabilidad, como se hace, un fichero/tabla donde se registra toda actividad del programa?
Como se hacen las rectificaciones? En caso de entrar un asiento de una factura de compra y se ponga mal el proveedor?
Muchas Gracias.
Pere
"requisitos cuya especificación técnica puede ser objeto de desarrollo reglamentario, incluyendo en este la posibilidad de someterlo a certificación."
pcordonet wrote:integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, esto quiere decir, que no se pueden hacer modificaciones, anulaciones, ....
Buenos días, compañeros:
Aquí en España, ¿Qué estáis haciendo al respecto sobre el cumplimiento de esta Ley?
La Ley NO solo sanciona al programador por hacer software que contemple procesos contables/fiscales de doble capa que sirva para llevar una doble contabilidad, sino que también sanciona por el simple hecho de NO tener tu software certificado por una empresa especializada. Obviamente esto último puede suponer un coste enorme para desarrolladores pequeños y la inviabilidad comercial de la app.
¿Qué vais hacer?
saludos.
LORENZO.
Loren wrote:Buenos días, compañeros:Hola Lorenzo. Todavía no han salido las certificaciones.
Aquí en España, ¿Qué estáis haciendo al respecto sobre el cumplimiento de esta Ley?
La Ley NO solo sanciona al programador por hacer software que contemple procesos contables/fiscales de doble capa que sirva para llevar una doble contabilidad, sino que también sanciona por el simple hecho de NO tener tu software certificado por una empresa especializada. Obviamente esto último puede suponer un coste enorme para desarrolladores pequeños y la inviabilidad comercial de la app.
¿Qué vais hacer?
saludos.
LORENZO.
Loren wrote:Buenos días, compañeros:
Aquí en España, ¿Qué estáis haciendo al respecto sobre el cumplimiento de esta Ley?
La Ley NO solo sanciona al programador por hacer software que contemple procesos contables/fiscales de doble capa que sirva para llevar una doble contabilidad, sino que también sanciona por el simple hecho de NO tener tu software certificado por una empresa especializada. Obviamente esto último puede suponer un coste enorme para desarrolladores pequeños y la inviabilidad comercial de la app.
¿Qué vais hacer?
saludos.
LORENZO.
compañeros buenos dias
en que pais del mundo ya esta vigente algo así
gracias
Para todos aquellos, si queda alguno, que haga algo de programas de nóminas o controles de personal creo que les puede interesar. A mi modo de ver otra salvajada más de la administración en el uso de la digitalización. Ahí se lo dejo:
ITSS: Un robot contra las malas prácticas en el trabajo | Negocios | EL PAÍS
Creo que o las organizaciones que defiendan los intereses de los programadores intervienen o se van a ir al paro o a la ruína más de uno.
Ahí les dejo el proyecto de desarrollo dela ley y no sean ilusos y piensen que van a pararse solo en sancionar a los que lo hagan mal queriendo, hacienda sanciona siempre que encuentra la mínima excusa, a veces incluso sin excusa y usted pague y llévese 15 años discutiendo luego en el juzgado quien tiene razón: